El pasado mes de octubre fue aprobado por el Gobierno un nuevo reglamento en el sistema de pensiones del que pueden beneficiarse tanto las grandes empresas como pymes y autónomos.
En el artículo de hoy en el blog desgranamos las principales claves de esta regulación incluida en las novedades del anteproyecto de ley para el impulso de los planes de pensiones de empleo aprobado en el Congreso a principios de 2022:
- Objetivo: Tal y como detalla el boletín oficial de las Cortes Generales, esta ley pretende simplificar el proceso administrativo en las categorías de planes de pensiones existentes tanto de los planes de empleo como de los individuales y los planes de pensiones asociados.
- Delimitación específica: Podrán beneficiarse de los planes de pensiones de empleo simplificados las empresas adscritas a un convenio estatutario de carácter sectorial que tuviera prevista la instrumentación de compromisos por pensiones. Asimismo podrán beneficiarse los trabajadores autónomos, que podrán adherirse al plan de carácter sectorial que les corresponda.
- Integración de los planes: Los planes de pensiones de empleo simplificados pueden integrarse en un fondo de pensiones de empleo de promoción privada. Aquellos que se integren en los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos, una vez acordado el texto definitivo del proyecto, se procederá a la presentación del referido proyecto ante la Comisión de Control que determinará el fondo en el que debe integrarse.
Aportaciones máximas: El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente Ley no podrá exceder de 1.500 euros. Este límite se incrementará en diferentes casos supuestos que serán definitivos al aprobar el texto definitivo del proyecto.