A partir de 2022 los autónomos podrán jubilarse, como los trabajadores por cuenta ajena, a los 66 años y 2 meses, siempre que hayan cotizado un periodo mínimo de 37 años trabajados. Esto supone que, en consecuencia, el periodo de acceso a la jubilación anticipada también se atrasará, algo que hasta ahora era posible a partir de los 61 años.
Cabe recordar que esta es la única forma que tienen los autónomos de anticipar su jubilación ya que, debido a una falta de normativa, no cuentan con la conocida como “jubilación forzosa” con la que sí cuentan los asalariados. Por lo que este retraso puede llegar a afectar a muchos trabajadores.
Hoy dedicamos el artículo de nuestro blog a conocer en qué consiste esta nueva medida a la que podrán acogerse los autónomos a partir de 2022:
El Gobierno ha llevado a cabo varias modificaciones que entrarán en marcha desde principios de 2022 y que supondrán grandes cambios a nivel fisca, laboral y de Seguridad Social.
El más llamativo ha sido el atraso de la edad de jubilación para poder acceder al 100% de la prestación. Y es que, a partir de 2022, los autónomos que quieran jubilarse podrán hacerlo a los 65 años, en caso de que hayan cumplido un periodo de jubilación de 37 años y seis meses. Y a los 66 años y 2 meses en caso de que su periodo cotizado sea inferior.
¿Qué significa esto? Además de lo obvio, el aumento de la edad de jubilación ordinaria también afecta en el caso de la anticipada. Que, en adelante, solo estará disponible para aquellas personas que con una edad de al menos 64 años y dos meses, que hayan acreditado un periodo mínimo de cotización de 35 años. Teniendo que haber trabajado 15 de ellos antes de solicitarla.
De esta forma, cuanto más anticipe el autónomo la jubilación, mayores serán las reducciones que sufrirá en su prestación. Sin embargo, hay que tener en cuenta que existen cuatro tramos de penalización que podrían ser diferentes si el Parlamento termina aprobando los cambios. Planteándose dos opciones: que el Parlamento apruebe el cambio de coeficientes reductores o que mantenga los actuales.
En caso de que se aplicara la modificación, los autónomos sufrirán una penalización mayor que en el actual modelo en el caso de haber solicitado la jubilación anticipada hasta el mes 22 anterior a la edad legal. Por lo que sería recomendable que, en caso de querer solicitar la anticipación de la jubilación, esperase dos o tres meses más para ver una reducción de la penalización en un corto periodo de tiempo.