Iniciar un nuevo proyecto como autónomo supone aceptar una serie de obligaciones fiscales.
Entre dichas obligaciones, se encuentran las de presentar y pagar trimestralmente diferentes Impuestos relacionados con la actividad desarrollada en tu negocio.
Por este motivo hoy dedicamos el artículo de nuestro blog para explicarte cuáles son los principales Impuestos con los que te encontrarás si decides darte de alta como autónomo.
¿Qué impuestos pagan los autónomos?
Estos son los Impuestos que pagan los autónomos y profesionales:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Es un impuesto indirecto que grava el consumo y siempre recae sobre el consumidor final. En todos los casos, es la empresa o el autónomo quien actúa como intermediario entre Hacienda y el consumidor final, ya que pagan a la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA que hayan repercutido y cobrado a sus clientes y el que hayan soportado por sus compras a proveedores. Éste impuesto se paga trimestralmente.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Grava las rentas empresariales obtenidas por el autónomo, pudiendo elegir entre el Régimen de Estimación Directa Simplificada, el Régimen de Estimación Directa Normal y el Régimen de Estimación Objetiva (Módulos). Aquellos autónomos que ejercen su actividad con una sociedad mercantil, deberán tributar por el impuesto de sociedades en lugar de hacerlo por el IRPF. El IRPF es un impuesto que se paga trimestralmente.
Pagar por tu beneficio: Modelo 130 o 131
El Modelo 130 está formado, por el adelanto que pagarás de tu beneficio, es decir, con este modelo realizas lo que se conoce como pago fraccionado a cuenta del IRPF.
Hay que tener en cuenta que, los autónomos que realizan actividades profesionales podrán no tener que presentar el modelo 130 de forma trimestral. Para ello, al menos el 70% de los ingresos procedentes de su actividad profesional, deberán haber tenido retención o ingreso a cuenta por parte de su pagador.
Se presentará de forma trimestral, los veinte primeros días naturales de los meses de enero, abril, julio y octubre.
El porcentaje que te tocará pagar por tus beneficios, será el 20% sobre la diferencia, entre los ingresos brutos (sin IVA) y los gastos brutos (sin IVA), obteniendo así el importe a ingresar.
En este modelo se incluirán los datos de forma acumulativa, es decir, el segundo trimestre, estará formado por el primero más el segundo, así hasta el cuarto, que será la suma de los cuatro trimestres del año.
- 1º Trimestre: INGRESOS – GASTOS (Enero a Marzo): 20 de abril
- 2º Trimestre: INGRESOS – GASTOS (Abril a Junio) + 1º trimestre 130: 20 de julio
- 3º trimestre: INGRESOS – GASTOS (Julio a Septiembre) + 1º trimestre 130 + 2º Trimestre 130: 20 de octubre
- 4º Trimestre: INGRESOS – GASTOS (Octubre a Diciembre) + 1º Trimestre 130 + 2º Trimestre 130 + 3º Trimestre 130: 20 de enero
Hay que saber también que, en función del resultado, la presentación de la declaración se realizará de la siguiente forma:
¿Qué tiene que pagar un autónomo de IVA?: Modelo 303
El Modelo 303 es un impuesto bastante más complicado y se presenta cada tres meses, informando a Hacienda nuestras compras y ventas, para tener conocimiento de ellas y comprobar si hemos pagado de más o hemos ingresado de menos.