Hoy dedicamos el articulo de nuestro blog a contarte qué es un autónomo societario.
¿Qué es un autónomo societario?
Trabajador por cuenta propia que pone en marcha, con uno o más socios, una empresa del tipo Sociedad Mercantil.
Al crear este tipo de sociedad, al menos uno de los socios está obligado a darse de alta como autónomo societario, y podrá desempeñar funciones de gerencia o dirección. Debe darse de alta aquel socio que tenga, al menos, un 25% o más de las participaciones de la sociedad o bien, aquel socio que, sin tener porcentaje de participaciones, conviva con un socio que sí las tenga en un porcentaje igual o superior al 50%.
Darse de alta como autónomo societario
Para darse de alta como autónomo societario lo puedes hacer en 3 pasos:
- Rellenar el modelo TA 0521/5 correspondiente al alta, baja o variación de datos en el régimen de autónomos societarios.
Rellena los campos, sin olvidar los más importantes; el número del D.N.I y el de la Seguridad Social. También deja bien marcado que se trata de un alta, el epígrafe del IAE correspondiente a tu actividad profesional. Puedes consultar aquí el Listado de Epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y retenciones IRPF.
- Posteriormente, tendrás que aportar la documentación que se requiere para formalizar el alta.
Escritura de constitución de la sociedad (original y copia)
Fotocopia del D.N.I. del solicitante
Modelo 036 conforme la actividad económica ha estado dada de alta
- Por último, entregar los formularios y toda la documentación anexa en propia oficina de la Seguridad Social.
Base de cotización
A diferencia de los autónomos comunes; la cuota mensual a la Seguridad Social de un autónomo societario se calcula a partir de la base mínima del grupo de cotización 1 del Régimen General de la Seguridad Social; de esta manera la base mínima de cotización en el 2019 se establece en 364,22 € al mes; siete euros más cara que en 2018. La base máxima está fijada en 4.070,10 euros.
¿Cuánto cobran los autónomos societarios?
Dependiendo de las funciones que los autónomos societarios realicen en su empresa, cobrarán mediante nómina o factura.
En el caso de que el autónomo societario cobre por nómina, tendrá que tributar sus ingresos como rendimientos del trabajo, mientras que, si cobra con facturas, todo lo que gane de la sociedad lo tributará como rendimiento de actividades económicas.
La forma en la que cobre el autónomo societario dependerá de lo que establezcan los estatutos de la sociedad mercantil.