Ante los nuevos casos de propagación del nuevo coronavirus en España, el Ministerio de Sanidad ha emitido recientemente una serie de recomendaciones con el fin de minimizar el riesgo de contagio en la población. En el ámbito laboral, debido a que el contacto con el virus puede afectar a entornos tanto sanitarios como no sanitarios, se han establecido una serie de medidas y corresponde a las empresas llevar a cabo una evaluación de los riesgos de exposición.
En primer lugar, señalar que este artículo se ha elaborado directamente a partir de las recomendaciones e indicaciones del Ministerio de Sanidad, lo que lleva a recordar la importancia de que todas las personas que deseen informarse lo hagan a través de los comunicados proporcionados por organismos oficiales.
Antes de desarrollar las medidas preventivas en el ámbito laboral es necesario abordar algunas cuestiones principales sobre el coronavirus ya que, mediante el conocimiento de la enfermedad y sus síntomas, la empresa y sus trabajadores podrán afrontar de manera eficaz su propagación
1. Coronavirus y síntomas del COVID-19
Los coronavirus son una amplia familia de virus que normalmente afectan a los animales, peor que también pueden afectar a las personas. El virus se denomina SARS-CoV-2, y la enfermedad que genera es conocido como COVID-19.
En cuanto a los síntomas del COVID-19, lo más comunes son fiebre, tos, dolor de garganta y sensación de falta de aire. En algunos casos, también puede generar síntomas digestivos, como dolor abdominal o diarrea. El periodo de incubación del coronavirus es de 2 a 12 días, aunque podría ampliarse este periodo hasta los 14 días.
2. Contagio de la infección
El contagio se produce cuando las secreciones respiratorias que se generan con la tos y el estornudo de la persona infectada entran en contacto con las mucosas (nariz, ojos o boca) de otra persona. El grado de contagiosidad dependerá de la cantidad de virus que se encuentren en las vías respiratorias de la persona enferma.
3. Riesgos laborales
Las empresas deberán llevar una evaluación de sus trabajadores en función de su exposición al riesgo dentro de la organización, siguiendo las indicaciones del Ministerio de Sanidad. Las actividades de la organización determinarán esta clasificación quedando de la siguiente manera:
4. Medidas de prevención de riesgos laborales
La empresa tiene la responsabilidad de seguir las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias para garantizar la prevención de riesgos laborales de los trabajadores frente al contagio del coronavirus. Dado que la exposición afecta tanto a las personas con contacto directo o indirecto con los contagiados, es decir, personal tanto sanitario como no sanitario, se debe poner a disposición de todos los trabajadores la información emitida desde el Ministerio de Sanidad, así como las instrucciones que contengan los procedimientos que habrá que seguir ante un accidente. Por otro lado, se recomienda evitar la exposición de todo trabajador que, debido a patologías previas, sean considerados especialmente sensibles a este riesgo.
En cuanto a las recomendaciones dirigidas a evitar el contagio se encuentran:
a) Medidas generales
- La higiene de manos es la principal medida preventiva y de control. Se recomienda el lavado de manos de manera frecuente, sobre todo tras estornudar o toser, con productos de base alcohólica. En el caso de que están manchadas o sucias este lavado se hará con agua y jabón antiséptico.
- Se recomienda cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar con pañuelos de papel y desecharlos posteriormente. Si no se tiene pañuelo, se deberá toser y estornudar sobre la manga de la ropa para evitar el contacto con las manos.
- Si al toser o estornudar se cubre accidentalmente la boca o nariz con la mano, se deberá evitar tocarse después ojos, boca o nariz, y realizar inmediatamente la correspondiente higiene de manos.
b) Las medidas de protección individual, entre las que se incluye el equipo de protección individual (EPI), debe ser adecuada y proporcionarse a los trabajadores que tienen exposición de riesgo.
c) Ante los trabajadores en investigación que sean susceptibles al contacto con el caso, deberán adoptarse medidas de aislamiento. 5
d) Se recomiendan los controles y medidas organizativas del personal, el uso de elementos de protección recomendadas y la aplicación de las políticas de desinfección, así como la desinfección de los espacios de trabajo.