Novedades de las Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo: cotizaciones y bonificaciones

Novedades RATE

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo presenta importantes novedades de las que destacamos especialmente aquellas que están relacionadas con la cotización:

  • El pago de la cuota es proporcional a los días trabajados.
  • Aquellos autónomos que deseen adecuar su cotización y prestaciones a sus ingresos, podrán hacerlo hasta en 4 ocasiones. siempre que así lo soliciten a la Tesorería General de la Seguridad Social, con los siguientes efectos:
  1. a) 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
  2. b) 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.
  3. c) 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
  4. d) 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
  • Se pueden tramitar hasta 3 altas y 3 bajas en el mismo año, algo que colectivos que trabajan por campañas venía reclamando desde hace tiempo.
  • La devolución por exceso de cotización será automática.
  • La cotización del autónomo societario dependerá de los Presupuestos Generales del Estado.

Además, los autónomos cuentan con bonificaciones en su cuota:

  • La ampliación de la cuota reducida de 50 euros -la denominada «tarifa plana»- para los nuevos autónomos hasta los doce meses, en lugar de los seis actuales, lo que se contempla de forma coordinada con otros beneficios ya existentes.
  • Los trabajadores por cuenta propia menores de 30 años, o menores de 35 años en el caso de mujeres, y causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, además de las reducciones y bonificaciones, tienen derecho a una bonificación adicional equivalente al 30 por ciento, sobre la cuota por contingencias comunes.

Para más información podéis consultar su publicación en el BOE y desde nuestra sede en Madrid, también atenderemos todo tipo de dudas al respecto. Las vías de contacto son a través del número de teléfono 91 523 08 00 o por e-mail admon@graduadosocialmadrid.org ¡Esperamos vuestras consultas! Desde el Colegio de Graduados Sociales de Madrid siempre estamos dispuestos a prestar ayuda, aquí podéis conocer en qué situaciones podemos intervenir en beneficio de las partes implicadas.

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